Etiquetado frontal en los alimentos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) implementó cambios en el Manual de Aplicación de la Ley de Etiquetado Frontal, normativa plenamente vigente desde mayo pasado. Las modificaciones, publicadas mediante las disposiciones 11378/2024 y 11362/2024 en el Boletín Oficial, ajustan los criterios para calcular nutrientes críticos (grasas, azúcares, sodio y calorías) y establecen nuevas restricciones en la publicidad de alimentos procesados.

El principal cambio es que ahora solo se considerarán los nutrientes añadidos durante la elaboración, excluyendo los presentes de forma natural en los ingredientes. Por ejemplo, una mermelada deberá informar únicamente el azúcar añadido, mientras que productos con grasas naturales, como frutos secos, podrían evitar sellos de advertencia si no contienen aditivos como sal o aceites.

A diferencia de la normativa anterior, los fabricantes no tendrán un plazo de adaptación para estos ajustes, ya que se aplican de manera inmediata. Según fuentes oficiales, estas modificaciones buscan alinear el etiquetado con estándares internacionales y mejorar la información nutricional para los consumidores. Además, responden a pedidos de la industria alimentaria, que había expresado preocupación por etiquetas que resultaban de mínimos excedentes en los límites establecidos.

El etiquetado renovado comenzará a observarse en los próximos días, a medida que los fabricantes distribuyan productos con las actualizaciones correspondientes.